| Muchos ex militares son acusados de abusos a los derechos humanos. |
Cuando faltaba una semana para que prescribieran en Uruguay los delitos de abuso a los derechos humanos cometidos durante el último régimen militar (1973-1985), el Congreso de ese país aprobó una ley que declara a esas violaciones "crímenes de lesa humanidad" y, por ende, imprescriptibles.
Veronica Smink BBC Mundo, Cono Sur
La Cámara de Diputados sancionó la ley este jueves, en una reñida y prolongada sesión que concluyó con 50 votos a favor y 41 en contra.
Al igual que en el Senado, donde el proyecto se aprobó el martes por 16 votos a 15, la norma fue avalada exclusivamente por legisladores del oficialista Frente Amplio (FA).
La nueva legislación, en efecto, se contrapone a la llamada Ley de Caducidad, una amnistía aprobada en 1986 que dio inmunidad a los acusados de violaciones a los derechos humanos.
Esa norma establecía que "caducaba la pretensión punitiva del Estado" para juzgar estos abusos.
La nueva ley aprobada en la madrugada de este jueves "restablece el pleno ejercicio de la pretensión punitiva del Estado" y además declara a los delitos cometidos por los militares como "crímenes de lesa humanidad".
En su segundo artículo, también afirma que para calcularse el plazo de prescripción o de caducidad de estos delitos no se computará el período comprendido entre 1986 y la vigencia de la nueva ley, sino que empezará a contarse desde el presente, un punto considerado clave para los impulsores de la norma.
Corte Suprema
A fines de mayo, un fallo de la Corte Suprema de Justicia había dictaminado que los abusos cometidos durante el régimen militar no pueden ser considerados crímenes de lesa humanidad porque esa figura legal no existía cuando se cometieron los delitos.
De esa forma –y según los plazos del Código Penal- las violaciones a los derechos humanos iban a ser considerados delitos comunes y hubieran prescrito el 1 de noviembre.
Ahora, la nueva legislación extendió ese plazo. Pero muchos expertos advierten que la norma no es aplicable porque se opone a la resolución de la Corte Suprema y además a la Ley de Caducidad.
Por otra parte, los opositores al gobierno consideran la ley ilegítima ya que desconoce dos consultas populares, de 1989 y 2009, en los que el pueblo uruguayo votó por mantener la amnistía a los militares.
A pesar de esa pronunciación popular, el Frente Amplio buscó en mayo pasado anular la Ley de Caducidad, pero no pudo hacerlo debido a la oposición de uno de sus propios legisladores, Víctor Semproni, quien votó en contra, dándole la mayoría al voto negativo.
¿Qué pasará ahora?
El abogado constitucionalista Rubén Correa Freitas, dijo a BBC Mundo que la nueva norma logró extender el plazo de la prescripción de los delitos cometidos durante el régimen militar, pero no por mucho.
"Un juez que reciba una denuncia por una violación o una persona acusada podrá presentar un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema de Justicia", dijo el experto.
En su opinión, es probable que el máximo tribunal se pronuncie en contra de la validez de la nueva norma, ya que esta se contrapone a un principio fundamental que es la no retroactividad de la ley penal.
La legislación, tanto uruguaya como internacional, establece que no se puede castigar a alguien por algo que no era delito cuando se cometió. Tampoco se puede agravar la pena por un delito después de que este ocurrió.
Sin embargo, no todos creen que la nueva ley viola esos principios.
El ex decano de la Facultad de Derecho de la Universidad de la República, Alberto Pérez Pérez, dijo a BBC Mundo que si bien el restablecimiento de la pretensión punitiva del Estado y la declaración de los delitos de los militares como crímenes de lesa humanidad pueden ser temas cuestionados, el segundo artículo de la ley no debería ser objetado por la Corte Suprema.
"Establecer que el plazo de prescripción de esos delitos debe contabilizarse desde ahora y no debe tomar en cuenta el período desde 1986 hasta la aprobación de la ley es constitucional y no hay jurisprudencia en contra", aseguró.
Corte Interamericana
Pérez Pérez también resaltó que la norma aprobada esta semana cumple con lo exigido al Estado uruguayo por la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que en abril pasado se pronunció contra el país en el caso de Macarena Gelman, hija de una uruguaya desparecida en 1976.
En su fallo, la Corte señaló que la Ley de Caducidad no debería obstaculizar las investigaciones sobre violaciones y además instó a Uruguay a que "adecue su derecho interno a la Convención Americana sobre Derechos Humanos".
Para Correa Freitas, esta resolución aplica únicamente al caso Gelman y no obliga a Uruguay a modificar su legislación para otros casos.
En cambio, Pérez Pérez sostiene que si la Corte Suprema uruguaya declara inconstitucional la nueva ley, el país estará en violación del derecho internacional.
Juicios
El presidente uruguayo, José Mujica, buscó mantenerse ajeno a la fuerte controversia que suscitó esta nueva iniciativa parlamentaria de su partido contra la Ley de Caducidad. Sin embargo, se cree que el mandatario no vetará la norma.
En tanto, el diputado Semproni, quien en mayo pasado se había opuesto a anular la amnistía, esta vez dio su visto bueno al texto, y permitió, con su voto, darle la mayoría al FA.
Se estima que hay cerca de 80 juicios contra militares que podrán seguir debido a que se logró evitar la prescripción de esos delitos.
La mayoría de estos procesos son contra los cuadros medios y bajos de las Fuerzas Armadas, debido a que los principales dirigentes –como el ex presidente de facto Juan María Bordaberry (1973-1976)- ya fueron juzgados, a pesar de la Ley de Caducidad.
Cerca de 200 uruguayos desaparecieron durante el período militar, la mayoría de ellos como parte del llamado Plan Cóndor, que unió a los regímenes militares del Cono Sur.
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